Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-comision-tecnica-box-desarrollo-espectaculos-publicos-box/87
Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
87

Artículo 87 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termina la pelea de box, el Inspector (que es el encargado de vigilar que todo esté en orden) debe platicar con la Persona Comisionada en Turno (otra autoridad que está de guardia) para contarle cómo estuvo el evento y si pasó algo fuera de lo normal, como peleas, accidentes o cualquier problema. Es como un reporte rápido entre los dos para que quede registro de lo que ocurrió en el cuadrilátero y alrededor.

Texto oficial

Artículo 87. El Inspector autoridad al terminar la función intercambiará información con la persona Comisionada en Turno respecto al desarrollo e incidentes ocurridos durante la celebración del espectáculo público de box. CAPÍTULO XVIII CUADRILÁTERO

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.