- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 94
Artículo 94 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, junto al ring (donde pelean los boxeadores), deben estar marcados los lugares solo para los jueces y la Comisión que supervisa la pelea. Para proteger a las mujeres y a los niños de posibles golpes o accidentes, no se les permite sentarse en esa zona. En pocas palabras, es una medida de seguridad para que no estén cerca de la acción violenta.
Texto oficial
Artículo 94. Se señalará en ring-side los asientos que deberán ocupar los oficiales y los miembros de la Comisión. No se permitirá que en ese espacio se sienten mujeres o niños, con la finalidad de salvaguardar su integridad física.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.