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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
94

Artículo 94 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que, junto al ring (donde pelean los boxeadores), deben estar marcados los lugares solo para los jueces y la Comisión que supervisa la pelea. Para proteger a las mujeres y a los niños de posibles golpes o accidentes, no se les permite sentarse en esa zona. En pocas palabras, es una medida de seguridad para que no estén cerca de la acción violenta.

Texto oficial

Artículo 94. Se señalará en ring-side los asientos que deberán ocupar los oficiales y los miembros de la Comisión. No se permitirá que en ese espacio se sienten mujeres o niños, con la finalidad de salvaguardar su integridad física.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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