- Ley
- Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 24 dice que la invitación y los papeles que la acompañan se deben repartir principalmente por internet, o si no se puede, entregarlos impresos en la casa que cada miembro del Comité Técnico haya registrado. Para comprobar que se repartieron por medios electrónicos, se necesita un comprobante de recepción, ya sea de un disco o USB, o un correo de confirmación que devuelva la persona, o una impresión de la página web donde se vea el mensaje enviado. Esto asegura que quede constancia de que sí se entregó a cada quien.
Texto oficial
Artículo 24. Laconvocatoria y los documentos anexos se distribuirán preferentemente por medios electrónicos, o en su defecto, en forma impresa entregados en el domicilio que para tal efecto haya señalado cada integrante del Comité Técnico. La distribución por medios electrónicos se acreditará con el acuse de recibo del disco compacto o medio magnético correspondiente, o en su caso, con el acuse de recibo por vía internet que devuelva el destinatario, o en su defecto, con la impresión de la página electrónica que contenga el mensaje remitido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.