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Ley
Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
21

Artículo 21 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaria Técnica es la persona encargada de apoyar al Consejo (un grupo de personas que toman decisiones). Sus trabajos son: 1) Hacer copias de los documentos que necesiten las y los consejeros y dárselas al menos tres días antes de la junta. 2) Conseguir y preparar el lugar donde se va a hacer la reunión, pero solo si el Consejo se lo pide con una semana de anticipación. 3) Mantenerse en contacto constante con las y los consejeros para que todo salga bien.

Texto oficial

ARTÍCULO 21. La Secretaria Técnica tendrá las siguientes funciones: I. Reproducir y entregar con al menos tres días de anticipación las carpetas y materiales de trabajo que requieran las Consejeras y los Consejeros; II. Facilitar y acondicionar al Consejo, el local en el que sesione, en caso de que el Consejo lo solicite y con previo aviso que le haga la Secretaria (o), con por lo menos una semana de anticipación. III. Mantener estrecha comunicación con las Consejeras (os). CAPÍTULO VI DE LAS SESIONES

Ver texto oficial del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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