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Ley
Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 10 explica las tareas que tiene un grupo llamado Comité de Expertos. Este equipo analiza información sobre proyectos de la ciudad y da su opinión para que el desarrollo sea ordenado y cuide el medio ambiente. También pueden sugerirle al Coordinador que lleve un tema al Consejo, o proponer cambios para mejorar los planes y programas. Ayudan a organizar bien el territorio desde toda la ciudad hasta las colonias y barrios, revisan que todo esté relacionado entre lo que se planea y lo que se hace, y forman equipos de trabajo para estudios específicos que el Consejo les pida.

Texto oficial

Artículo 10. El Comité de Expertos tendrá las funciones siguientes: Analizar la información relativa a los temas y proyectos que se pongan a su consideración y emitir opiniones y sugerencias bajo criterios de desarrollo urbano sustentable; Proponer al Coordinador la presentación de un tema o de un proyecto ante el Consejo; Emitir las propuestas que considere necesarias para mejorar las estrategias, programas, proyectos e instrumentos que se pongan a su consideración; Coadyuvar en la consolidación de la planeación territorial eficiente y sistematizada desde el ámbito de ciudad hasta el nivel de barrio y colonia; Revisar la coherencia institucional entre los procesos de planeación y los de gestión del desarrollo urbano sustentable, y Conformar grupos de trabajo para realizar los estudios y trabajos específicos que le encomiende el Consejo. Capítulo Tercero De los Integrantes del Consejo

Ver texto oficial del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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