Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-consejo-publicidad-exterior-distrito-federal/33
Ley
Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal
Artículo
33

Artículo 33 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejero Presidente le va a pedir al Secretario Técnico que pase lista a los Consejeros para checar si están los suficientes para poder sesionar. Es como cuando en una junta se cuenta quién llegó para ver si ya pueden empezar.

Texto oficial

Artículo 33. El Consejero Presidente instruirá al Secretario Técnico a pasar lista a los Consejeros para verificar el quórum.

Ver texto oficial del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.