Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-escalafon-trabajadores-base-administracion-publica-distrito-federal/14
Ley
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 14 dice que los trabajadores que laboran en el gobierno, es decir, en la Administración Pública, se van a organizar según categorías como grupos, ramas y puestos que ya están definidos en un documento llamado Catálogo. Ese Catálogo es como una lista oficial que ordena todos los cargos disponibles. En pocas palabras, cada empleado público tendrá su lugar dentro de esa clasificación.

Texto oficial

ARTICULO 14.- Los trabajadores de la Administración Pública se clasificarán conforme a los grupos, ramas y puestos establecidos por el Catálogo.

Ver texto oficial del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.