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Ley
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Mixta de Escalafón y sus Subcomisiones son grupos que manejan asuntos del personal, como ascensos. Este artículo dice que la Administración Pública, que es el gobierno, está obligada a darles todo lo que necesiten para trabajar bien, como oficinas, computadoras, personal de apoyo y papelería. Es como si el gobierno fuera el que tiene que surtir la despensa para que estos equipos puedan hacer su chamba de manera eficiente. En pocas palabras, la autoridad les tiene que proporcionar los recursos materiales y administrativos que se requieran.

Texto oficial

ARTICULO 29.- La Administración Pública proporcionará a la Comisión y, en su caso, a las Subcomisiones los medios administrativos y materiales para su eficaz funcionamiento. CAPITULO CUARTO  DE LOS ÓRGANOS AUXILIARES DE LA COMISIÓN MIXTA DE ESCALAFÓN

Ver texto oficial del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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