- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 153
Artículo 153 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La gestión social significa que la Asamblea, a través de sus representantes (como los diputados o los módulos de atención), le pide a una autoridad del gobierno que haga, continúe o detenga algo que beneficie a la comunidad o proteja los derechos de la gente del entonces Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Además, toda la atención, orientación y asesoría que se te dé como ciudadano para hacer estas gestiones es completamente gratis. Si necesitas apoyo porque tienes discapacidad auditiva, te proporcionarán sin costo un intérprete de Lengua de Señas Mexicana para que puedas ser atendido.
Texto oficial
Artículo 153.- La gestión social es la acción a través de la cual la Asamblea, por medio del Pleno, del Comité de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas, de los Módulos de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas o alguno de los Diputados, demanda de la autoridad administrativa competente la realización, continuación o suspensión de una acción pública relacionada con los intereses de la colectividad o con los derechos de los habitantes del Distrito Federal. La atención, orientación y asesoría de las demandas ciudadanas, así como las gestiones correspondientes, serán gratuitas, y en caso de así requerirlo, se solicitará a la Oficialía Mayor el apoyo de un intérprete traductor de Lenguaje de Señas Mexicanas, a efecto de atender a la ciudadanía con discapacidad auditiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.