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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada partido político que está en el Congreso puede pedir que sus diputados o senadores se sienten juntos, uno al lado del otro, en el salón de sesiones. La decisión sobre dónde se colocan esos lugares la toma un grupo de coordinación del Congreso, que se llama Comisión de Gobierno. Esto ayuda a que cada partido esté en bloque durante las votaciones y discusiones.

Texto oficial

Artículo 17.- Cada Grupo Parlamentario tendrá derecho durante las sesiones a que sus miembros se ubiquen en el Salón de Sesiones en asientos contiguos, ubicación que deberá acordar la Comisión de Gobierno. CAPÍTULO II DE LA DISCIPLINA PARLAMENTARIA

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 5) ↗

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