- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 176
Artículo 176 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El diploma debe ser de pergamino natural, o sea, un material especial parecido al cuero. En el texto debe decir exactamente: "La Asamblea Legislativa del Distrito Federal otorga el presente diploma a: (nombre del candidato) por su destacada labor en: (tipo de actividad) y, si aplica, (de la disciplina)". También debe llevar el nombre y la firma del Presidente y los Secretarios de la Mesa Directiva de la Asamblea.
Texto oficial
Artículo 176.- El Diploma tendrá las siguientes características: I. Será de pergamino natural; II. En su texto deberá contener la leyenda «La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, otorga el presente diploma a: (nombre del candidato electo) por su destacada labor en: (tipo de actividad), y en su caso: (de la disciplina); y III. Nombre y firma del Presidente y Secretarios de la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.