- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 177
Artículo 177 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El diploma se va a hacer en la cantidad necesaria para todas las personas que tengan derecho a recibirlo y también para guardar una copia en el Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. Ese archivo es el único que puede juntar y guardar los documentos de cada Medalla y de las mejores tesis sobre la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 177.- El diploma a entregarse será elaborado en tantos suficientes para las personas acreedoras a los reconocimientos y para integrar el Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. El Archivo Histórico será el facultado de integrar el archivo relacionado con cada una de las Medallas y con el reconocimiento de las mejores tesis sobre la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.