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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
188

Artículo 188 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica que la ley premia a las personas que han hecho algo muy especial en la ciencia o en el arte. En el caso de la ciencia, se premia a quienes han sido excelentes investigando, enseñando o divulgando temas de ciencias naturales, exactas o sociales, y que además sean un buen ejemplo por su dedicación. En el arte, se reconoce a quienes han creado obras importantes o han ayudado a difundir la cultura de la Ciudad de México o del país. Básicamente, es un reconocimiento para quienes aportan cosas valiosas a la ciencia, la tecnología o el arte.

Texto oficial

Artículo 188.- El reconocimiento se otorgará a los ciudadanos que se hayan distinguido en grado sobresaliente en las ciencias y artes, de conformidad con las siguientes categorías: I. En las Ciencias: A quienes se hayan destacado en cualquiera de los campos de la investigación científica, en el ámbito de las ciencias naturales, exactas y sociales, a causa de haber realizado estudios, trabajos docentes o de divulgación, descubrimientos, aportaciones o propuestas, así como proyectos o trabajos creativos que modifiquen o desarrollen el campo tecnológico, que se consideren como probada aportación a la ciencia y tecnología, y cuya conducta sea un ejemplo de fidelidad a su vocación científica; y II. En las Artes: A quienes con su trabajo creativo y trayectoria, hayan destacado en la producción de obras, aportaciones, así como aquéllos que hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural, a dignificar o a difundir los valores culturales del Distrito Federal o del País y, en general, al progreso de las actividades estéticas.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 54) ↗

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