- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 188
Artículo 188 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica que la ley premia a las personas que han hecho algo muy especial en la ciencia o en el arte. En el caso de la ciencia, se premia a quienes han sido excelentes investigando, enseñando o divulgando temas de ciencias naturales, exactas o sociales, y que además sean un buen ejemplo por su dedicación. En el arte, se reconoce a quienes han creado obras importantes o han ayudado a difundir la cultura de la Ciudad de México o del país. Básicamente, es un reconocimiento para quienes aportan cosas valiosas a la ciencia, la tecnología o el arte.
Texto oficial
Artículo 188.- El reconocimiento se otorgará a los ciudadanos que se hayan distinguido en grado sobresaliente en las ciencias y artes, de conformidad con las siguientes categorías: I. En las Ciencias: A quienes se hayan destacado en cualquiera de los campos de la investigación científica, en el ámbito de las ciencias naturales, exactas y sociales, a causa de haber realizado estudios, trabajos docentes o de divulgación, descubrimientos, aportaciones o propuestas, así como proyectos o trabajos creativos que modifiquen o desarrollen el campo tecnológico, que se consideren como probada aportación a la ciencia y tecnología, y cuya conducta sea un ejemplo de fidelidad a su vocación científica; y II. En las Artes: A quienes con su trabajo creativo y trayectoria, hayan destacado en la producción de obras, aportaciones, así como aquéllos que hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural, a dignificar o a difundir los valores culturales del Distrito Federal o del País y, en general, al progreso de las actividades estéticas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.