- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los diputados, cuando están en el Congreso trabajando, deben portarse de manera educada, respetuosa y tolerante con los demás, tal como lo haría cualquier persona que representa a los ciudadanos. Esto significa que no pueden insultar, agredir o faltar al respeto a sus compañeros o a otras personas en el recinto donde sesionan. La ley les exige que actúen con civilidad, es decir, con buenos modales y sin pleitos, para dar un buen ejemplo como representantes del pueblo.
Texto oficial
Artículo 20.- Los Diputados en el ejercicio de sus funciones en el Recinto Oficial observarán una conducta y comportamiento en congruencia con la civilidad política, tolerancia y respeto en su carácter de representantes ciudadanos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.