- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los diputados, cuando hablen en la tribuna del Congreso o en cualquier evento oficial, deben tratar de no dañar o herir la dignidad de nadie, ya sea otro diputado, un funcionario o cualquier persona. Esto significa que no deben hacer comentarios ofensivos o que humillen a otros durante su trabajo. Es una regla para mantener el respeto entre todos, incluso si hay diferencias de opinión.
Texto oficial
Artículo 21.- Los Diputados, durante sus intervenciones en la tribuna o en cualquier acto oficial, procurarán no afectar o lesionar la dignidad de cualquier compañero, funcionario o ciudadano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.