- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 201
Artículo 201 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 201 dice que, como máximo, se pueden premiar a seis policías de Seguridad Pública y a seis de la Policía de Investigación. Pero la Comisión de Seguridad Pública puede decidir si se premia a más personas. En cualquier caso, la mitad de los galardonados (el 50%) debe ser del mismo sexo, así se asegura que haya equilibrio entre hombres y mujeres.
Texto oficial
Artículo 201.- El reconocimiento se podrá otorgar hasta un máximo de seis elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública y seis de la Policía de Investigación, o bien aumentar el número de galardonados, a consideración de la Comisión de Seguridad Pública, del cual se respetará que el 50% deba ser de un mismo sexo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.