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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
202

Artículo 202 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En octubre de cada año, la Comisión de Seguridad Pública debe sacar una convocatoria para algo importante. Esa convocatoria se tiene que publicar en al menos dos periódicos de todo el país para que todos se enteren. Todo esto se hace siguiendo las reglas que ya están establecidas.

Texto oficial

Artículo 202.- La Comisión de Seguridad Pública deberá formular la convocatoria correspondiente en la primera quincena del mes de octubre del año que corresponda, publicándose en por lo menos dos diarios de circulación nacional, con sujeción a las presentes bases.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 57) ↗

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