- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 212 Bis
Artículo 212 Bis del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Medalla al Mérito de Protección Civil es un premio que se da a personas que han hecho algo muy importante para cuidar a la gente durante desastres, como fenómenos naturales (terremotos, huracanes) o causados por el ser humano (incendios, explosiones). Se la pueden ganar quienes inventan o aplican cosas técnicas o científicas para alertar y proteger a la población, también los bomberos que se destacan en su trabajo, y en general cualquiera que ayude a prevenir o a auxiliar durante una emergencia. Además, no solo se da a personas, sino también a oficinas del gobierno de la Ciudad de México, a las unidades de protección civil de las alcaldías, y a grupos de empresas o de la sociedad civil.
Texto oficial
Artículo 212 Bis.- La Medalla al Mérito de Protección Civil, se concederá a quienes hayan destacado en el aspecto técnico científico que permitan alertar y proteger a la población frente a fenómenos naturales o de origen humano, a quienes destacaron en la labor de bombero y finalmente aquellos que signifiquen por su labor ejemplar en la prevención y/o ayuda a la población ante la eventualidad de un desastre. Se otorgará dicho reconocimiento a las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a Unidades de Protección Civil de los Órganos político administrativos, así como agrupaciones de los sectores privado y social.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.