Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-gobierno-interior-asamblea-legislativa-distrito-federal/30
Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
30

Artículo 30 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se organizan las Comisiones (grupos de trabajo formados por diputados o senadores para analizar temas específicos). Cada Comisión tiene un presidente, un vicepresidente y un secretario que coordinan el trabajo. Si el presidente falta, el vicepresidente lo reemplaza. También hay una Secretaría Técnica, que es como un equipo de apoyo que ayuda a los integrantes de la Comisión, sobre todo a redactar los dictámenes (documentos con conclusiones sobre un tema). Además, esta Secretaría debe dar información a la Gaceta Parlamentaria y al medio de difusión oficial para que puedan publicar lo que hace la Comisión.

Texto oficial

Artículo 30.- Los trabajos de las Comisiones serán coordinados por su Mesa Directiva, la cual se integrará por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. En las ausencias del Presidente, será sustituido en sus funciones por el Vicepresidente de la Comisión de que se trate. Cada Comisión contará con una Secretaría Técnica, la que apoyará los trabajos de la Comisión y coordinará el trabajo de los asesores que tenga asignados la misma. La Secretaría Técnica estará bajo la dirección del Presidente de la Comisión, y deberá prestar servicio a todos los integrantes de la misma en los asuntos que a ésta atañan, fundamentalmente para la elaboración de los dictámenes que correspondan. Corresponderá a la Secretaría Técnica de cada Comisión brindar la información que le requiera la Gaceta Parlamentaria y el organismo oficial de difusión para el cumplimiento de sus funciones de difusión.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.