- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 43
Artículo 43 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Jurisdiccional (que es un grupo de personas encargadas de revisar ciertos casos legales) va a hacer un documento llamado "dictamen", que básicamente es un análisis o resolución sobre un asunto. Este documento lo harán siguiendo el procedimiento que marca una ley específica, que es la que aplica al tema del que se trate. Solo van a trabajar en los casos que esa misma ley ya tenga contemplados o mencionados desde antes. En pocas palabras, no es que puedan decidir cualquier cosa; tienen que aferrarse a lo que la ley ya dice.
Texto oficial
Artículo 43.- La Comisión Jurisdiccional elaborará el dictamen conforme al procedimiento que establezca la Ley de la materia, respecto de los casos que la misma prevea.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.