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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
59

Artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Gobierno (un grupo de diputados) le va a proponer a todos los demás diputados quiénes deben ser los jefes de cada área administrativa. Para que esos nombramientos queden firmes, más de la mitad de los diputados que estén en la sesión deben votar a favor. Así que solo se necesita el "sí" de la mayoría de los que asistan ese día, no de todos los diputados.

Texto oficial

Artículo 59.- La Comisión de Gobierno presentará al Pleno la propuesta de los Titulares de cada una de las Unidades Administrativas para su ratificación; para este efecto será necesario el voto de la mayoría de los diputados presentes en la sesión respectiva. SECCIÓN 1 DE LA OFICIALIA MAYOR

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 19) ↗

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