- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 61
Artículo 61 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser Oficial Mayor de la Asamblea, necesitas tener título universitario o estudios avanzados en administración, economía, leyes o algo relacionado con el puesto. También debes haber trabajado al menos 3 años como profesional y tener experiencia que demuestre que tienes los conocimientos y habilidades para el cargo. No puedes ser esposo, esposa, o familiar (hasta primos hermanos, tíos o sobrinos) de ningún Diputado, ni tener negocios o trabajar con ellos, ni ser socio de empresas donde estén o hayan estado los Diputados. Por último, no deben haberte condenado por un delito cometido a propósito (doloso), sin importar el castigo que te hayan dado.
Texto oficial
Artículo 61.- Para ser Oficial Mayor de la Asamblea se requiere: I. Tener licenciatura o estudios de postgrado en el área económica-administrativa, jurídica o relacionada directamente con las funciones encomendadas; II. Demostrar por los menos 3 años de ejercicio profesional y una experiencia laboral de la que se pueda inferir que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cumplir con el perfil de este cargo; III. No ser cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil de cualquiera de los Diputados integrantes de la Asamblea, ni tener relaciones profesionales, laborales o de negocios con alguno de ellos, ni ser socio o accionista de sociedades en las que alguno de los Diputados forme o haya formado parte; y IV. No haber sido condenado por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena. REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES SECCIÓN 2 DE LA TESORERÍA
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