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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
65

Artículo 65 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Contralor General es la persona encargada de dirigir la Contraloría, que es la oficina que revisa que todo se haga correctamente. Para hacer su trabajo más fácil, puede tener ayudantes especializados en auditoría, control y evaluación, y en asuntos legales y responsabilidades. También cuenta con otros empleados que están definidos en el manual de la institución. Si el Contralor falta, lo suplirán esos ayudantes en el orden que ya te mencionamos.

Texto oficial

Artículo 65. Al frente de la Contraloría General habrá un Contralor, a quien corresponde la representación, trámite y resolución de los asuntos de la competencia de esa unidad administrativa, y para la mejor distribución y desarrollo del trabajo podrá auxiliarse de Subcontralores de Auditoría; Control y Evaluación; y de Legalidad y Responsabilidades; así como de los servidores públicos subalternos establecidos en la estructura que apruebe la Comisión de Gobierno y/o el Comité de Administración, en el Manual de Organización y Procedimientos. En el caso de ausencia del Contralor General de la Asamblea, será suplido por los Subcontralores de Auditoría; de Legalidad y Responsabilidades; o de Control y Evaluación, en el orden citado.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 22) ↗

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