- Ley
- Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejero Presidente del distrito le pide al Secretario que le muestre a todos los consejeros el plan de lo que se va a tratar en la reunión. Ese plan se llama "orden del día" y es como una lista de los temas que se van a discutir. Luego, los consejeros deciden si están de acuerdo con ese orden o si quieren cambiarlo. Todo esto pasa apenas comienza la sesión.
Texto oficial
Artículo 24. Iniciada la sesión, el Consejero Presidente Distrital solicitará al Secretario del Consejo poner a consideración del Consejo Distrital el proyecto de orden del día.
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