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Ley
Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
51

Artículo 51 del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sesiones extraordinarias son juntas especiales que solo se hacen para hablar de temas muy concretos que ya están definidos desde antes. En el orden del día de esas juntas no se pueden meter otros temas que no sean los que ya se acordaron, como los "asuntos generales". Esto quiere decir que no se vale aprovechar la reunión para sacar otros pendientes que no estaban planeados.

Texto oficial

Artículo 51. Las sesiones extraordinarias tendrán por objeto tratar asuntos específicos y en el orden del día de dichas sesiones, no incluirá el punto de asuntos generales.

Ver texto oficial del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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