- Ley
- Reglamento Interior de la Comisión de Box Profesional del Distrito Federal
- Artículo
- 29
Artículo 29 del Reglamento Interior de la Comisión de Box Profesional del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una reunión de la Comisión sea válida, se necesita que al menos 4 de sus miembros estén presentes en la primera invitación que se hace. Si no se junta ese mínimo de personas, se tiene que llamar a una segunda reunión, la cual debe hacerse dentro de los siguientes dos días, y en esa sí se puede llevar a cabo sin importar cuántos miembros asistan. Las decisiones se toman con más de la mitad de los votos de los que están presentes, y si hay empate, el Presidente tiene un voto extra que sirve para desempatar.
Texto oficial
Artículo 29.- Se considerará que existe quórum para llevar a cabo las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, cuando asistan cuando menos cuatro de los integrantes de la Comisión en primera convocatoria. En caso de no existir el quórum necesario para su celebración, se convocará una segunda sesión que deberá celebrarse dentro de las siguientes cuarenta y ocho horas con el número de miembros que asista. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.