- Ley
- Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 2
Artículo 2 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define algunos términos importantes para que puedas entender el reglamento. Por ejemplo, un "Acuerdo parlamentario" es una decisión que toman los grupos de trabajo (como el Pleno o las Comisiones) siguiendo sus costumbres. La "Asamblea" se refiere a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. Una "Comisión" es un grupo de diputados que se organiza para hacer mejor el trabajo de crear leyes o investigar. Y un "Diputado Integrante" es simplemente cualquier diputado o diputada que forma parte de una de esas Comisiones.
Texto oficial
Artículo 2º.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por: I. Acuerdo parlamentario: la resolución tomada en el ámbito de su respectiva competencia por el Pleno, la Mesa Directiva de la Asamblea, la Comisión de Gobierno, Comisiones, Comités o la Diputación Permanente, aplicable a las diversas funciones parlamentarias, acuerdo que se determina conforme a las prácticas parlamentarias; II. Asamblea: la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; III. Comisión: Cada uno de los órganos internos de organización para el mejor y más expedito desempeño de las funciones legislativas, políticas y administrativas de fiscalización e investigación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; IV. Diputado Integrante: todo diputado o diputada miembro de cada Comisión. V. Ley Orgánica: la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; VI. Mesa Directiva: la Mesa Directiva de cada Comisión; VII. Presidente: el o la titular de la presidencia de cada Comisión; VIII. Proposición: la proposición con punto de acuerdo o el acuerdo parlamentario; IX. Proposición con punto de acuerdo: la propuesta de uno o varios diputadas o diputados que tengan por objeto un pronunciamiento, exhorto, solicitud, recomendación o cualquier otro que se relacione con la competencia de esta Asamblea, sin que constituya materia de iniciativas, propuestas de iniciativas o de acuerdos parlamentarios; X. Reglamento Interior: el Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; XI. Reglamento: el Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y XII. Secretario: el o la titular de la secretaría de cada Comisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.