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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
33

Artículo 33 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se presentan propuestas o ideas para discutir en la asamblea, los expertos que dan su opinión sobre ellas (los dictámenes) deben revisarlas en el mismo orden en que llegaron. Esto significa que la primera propuesta que se turnó es la que se atiende primero, y así sucesivamente. En pocas palabras, se respeta la fila de llegada para evitar confusiones o favoritismos. La presidencia es quien decide el orden en que se entregan las propuestas para su revisión. Así todo se hace de manera ordenada y justa.

Texto oficial

Artículo 33.- Los dictámenes recaídos a las iniciativas o proposiciones con punto de acuerdo que se presenten a discusión en , deberán atender preferentemente, al orden de prelación en que fueron turnados por la presidencia de CAPÍTULO CUARTO DE LAS DELIBERACIONES.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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