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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
2

Artículo 2 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las reglas de este Reglamento aplican a todos por igual y son obligatorias para todas las personas que trabajan en el Poder Judicial de la Ciudad de México, como jueces, secretarios y demás personal. No hay excepciones ni trato especial para nadie. En pocas palabras, todos los que forman parte de ese poder deben cumplir las reglas al pie de la letra, sin excusas.

Texto oficial

Artículo 2.-Las disposiciones contenidas en este Reglamento son de carácter general y observancia obligatoria para las personas públicas del Poder Judicial de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.