- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 2
Artículo 2 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las reglas de este Reglamento aplican a todos por igual y son obligatorias para todas las personas que trabajan en el Poder Judicial de la Ciudad de México, como jueces, secretarios y demás personal. No hay excepciones ni trato especial para nadie. En pocas palabras, todos los que forman parte de ese poder deben cumplir las reglas al pie de la letra, sin excusas.
Texto oficial
Artículo 2.-Las disposiciones contenidas en este Reglamento son de carácter general y observancia obligatoria para las personas públicas del Poder Judicial de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.