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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo tiene la obligación de cuidar, dentro de lo que le toca hacer, que los jueces y todo el sistema judicial sigan ciertas reglas básicas. Estas reglas son, por ejemplo, que actúen siempre conforme a la ley, con honestidad, que sean accesibles para la gente, que expliquen lo que hacen de manera clara y pública, y que rindan cuentas de su trabajo. Todo esto lo deben hacer tal como lo marca la Ley Orgánica. En pocas palabras, el Consejo debe asegurarse de que la justicia se maneje de forma recta y transparente.

Texto oficial

Artículo 5.- En el ámbito de sus atribuciones, el Consejo velará en todo momento por el cumplimiento de los principios que regulan la función judicial, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica, así como los de legalidad y honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas. TÌTULO SEGUNDO DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CAPÌTULO I DE SU ORGANIZACIÓN

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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