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Ley
Reglamento Interior INE CDMX
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento Interior INE CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad Técnica de Servicios Informáticos es el equipo que se encarga de todo lo relacionado con las computadoras, sistemas y tecnologías del Instituto Electoral. Entre sus tareas, tienen que crear reglas para desarrollar y mantener los sistemas, proponer cómo comprar equipo de cómputo y atender cualquier necesidad tecnológica, tanto para el trabajo diario como para las elecciones. También ayudan a capacitar a los usuarios, revisan que las normas de seguridad informática se cumplan y, si ven algo sospechoso, lo reportan al área de control. Además, dan mantenimiento al sitio de internet del Instituto, investigan nuevas tecnologías, administran los programas (software) y crean sistemas para apoyar las actividades electorales y administrativas.

Texto oficial

Artículo 29. A la Unidad Técnica de Servicios Informáticos corresponde: Elaborar y proponer los procedimientos y lineamientos que deben regir el desarrollo, instrumentación y mantenimiento de la infraestructura y servicios informáticos del Instituto Electoral; Elaborar y proponer los lineamientos técnicos para la adquisición de equipo de cómputo y comunicaciones, así como contratación de servicios informáticos; Atender los servicios en materia informática, cómputo y telecomunicación que se requieran para las actividades ordinarias y procesos electorales y procedimientos de participación ciudadana; Identificar y determinar distintos perfiles de las y los usuarios del Instituto Electoral a efecto de atender las necesidades de capacitación y asesoría en el área de sistemas informáticos y de comunicaciones; Coadyuvar con las áreas del Instituto Electoral, para implementar sistemas informáticos; Coadyuvar en la administración o asignación de los recursos informáticos de manera eficiente hacia las áreas; Proporcionar a la Contraloría Interna la información que le solicite respecto al cumplimiento de las normas de control y seguridad informática por parte de todos los órganos del Instituto Electoral y, en su caso, denunciar ante ese órgano de control las infracciones que observe a dichas normas; Colocar y proporcionar el mantenimiento técnico al sitio de Internet del Instituto Electoral; Investigar y analizar permanentemente nuevas tecnologías en materia de informática y comunicaciones, para proponer su aplicación en el Instituto Electoral; Coordinar y proporcionar los mantenimientos preventivos y correctivos a los bienes informáticos propiedad del Instituto Electoral; Administrar las licencias de software propiedad del Instituto Electoral; Desarrollar sistemas informáticos en materia electoral y administrativa como una herramienta que apoye el cumplimiento de los fines del Instituto Electoral; y Las demás que le confiera la normativa que rige al Instituto Electoral. SECCIÓN CUARTA De la Unidad Técnica de Archivo, Logística y Apoyo a Órganos Desconcentrados. Atribuciones

Ver texto oficial del Reglamento Interior INE CDMX (pág. 1) ↗

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