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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
103

Artículo 103 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Ejecutiva de Comunicación Digital y Medios Sociales es la encargada de manejar todo lo que el gobierno de la Ciudad de México publica en su página web y redes sociales, como Facebook o Twitter. Esto incluye decidir qué fotos, videos o textos se usan en campañas y programas del gobierno. También se asegura de que todas las oficinas del gobierno sigan las mismas reglas al publicar en sus redes. Además, esta dirección firma los papeles necesarios para hacer su trabajo y puede recibir otras tareas que le asigne la Coordinación General de Comunicación Ciudadana.

Texto oficial

Artículo 103.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Comunicación Digital y Medios Sociales: Dirigir y coordinar el contenido editorial, gráfico, audiovisual y multimedia de las acciones, campañas, programas y servicios del Gobierno de la Ciudad de México a través de su sitio web y las principales redes sociales; Establecer las políticas, estrategias y mejores prácticas de comunicación que deberán seguir las Dependencias y Órganos Desconcentrados de la Administración Pública en la difusión de acciones, campañas, programas y servicios a través de sus redes sociales institucionales; Coordinar la estrategia publicitaria en medios digitales y redes sociales, de las Dependencias y Entes de la Administración Pública de la Ciudad de México; Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones; y Las demás que le sean conferidas por la Coordinación General de Comunicación Ciudadana.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.