- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 119
Artículo 119 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección Ejecutiva de Aseguramiento y Servicios se encarga de ayudar a las oficinas del gobierno de la Ciudad de México y a las Alcaldías a seguir las reglas y leyes, dando consejos y creando los planes para que todo funcione bien. También revisa y da seguimiento a los pedidos grandes que hacen esas oficinas, como compras de materiales o servicios. Esta dirección se asegura de que los bienes del gobierno estén protegidos con seguros todo el tiempo, y coordina el programa para eso. Además, se encarga de que las oficinas tengan a tiempo cosas como combustible para vehículos, llantas, servicios de vigilancia, internet y telefonía, y también paga las cuentas de compras grandes de artículos como papel, tóner, computadoras y seguros. Por último, hace cualquier otra tarea que le asignen las leyes o sus jefes.
Texto oficial
Artículo 119.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Aseguramiento y Servicios: Asesorar y en su caso elaborar las políticas y lineamientos que sirvan para el funcionamiento de los servicios que presta la Dirección a las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como las Alcaldías, para el cumplimiento de la normatividad vigente; Integrar, tramitar y dar seguimiento a las solicitudes de compras consolidadas que requieran las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como de las Alcaldías; Asegurar de manera permanente el patrimonio propiedad y/o a cargo del gobierno de la Ciudad de México, mediante la instrumentación y coordinación del programa de aseguramiento institucional; Prever que las unidades administrativas adheridas a las consolidaciones de bienes y/o servicios, obtengan el suministro oportuno de combustibles (gasolina, diesel y gas natural comprimido), para el parque vehicular y maquinaria, así como de vehículos utilitarios, llantas, cámaras y corbatas; aseguramiento de los bienes patrimoniales, aseguramiento de personas, servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones, así como los servicios de vigilancia a instalaciones del Gobierno de la Ciudad de México; Realizar los pagos centralizados relacionados únicamente a las contrataciones consolidadas de papel bond, tóner, cartuchos, tambores, cabezales, fotocopiado e ingeniería de planos, equipo de cómputo, software, gasolina, diesel, gas natural comprimido, telefonía tradicional, internet, radiocomunicación, servicio de vigilancia, adquisición de vehículos, seguro de bienes, pago de deducibles, así como aquellas que sean autorizadas por autoridad competente; y Las demás que le sean conferidas, así como las que corresponda a las unidades que le sean adscritas, las que expresamente le atribuya este reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o administrativos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.