- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 149
Artículo 149 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección Ejecutiva de Desarrollo y Atención Integral tiene que identificar quiénes son los grupos más necesitados, como personas de bajos recursos o en situación de calle, para ayudarles a tiempo. También debe estudiar los problemas que enfrentan estas personas y encontrar áreas donde puedan mejorar su calidad de vida. Con esa información, diseña programas de apoyo y coordina con otras dependencias del gobierno para llevarlos a cabo. Además, firma acuerdos con organizaciones públicas y privadas para crear nuevas estrategias y medir si los programas funcionan. Por último, revisa los resultados y propone cambios si algo no está saliendo bien, enfocándose en la Central de Abasto.
Texto oficial
Artículo 149.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Desarrollo y Atención Integral: Realizar diagnósticos tempranos para ubicar a los sectores vulnerables; Detectar problemáticas en la población vulnerable de acuerdo a los diagnósticos, estudios e investigaciones en materia de desarrollo y atención integral; Detectar áreas de desarrollo en la población vulnerable de acuerdo a los diagnósticos, estudios e investigaciones en materia de desarrollo y atención integral; Diseñar programas de atención integral con base en los diagnósticos realizados, para determinar la participación de las Dependencias y Entidades de las Administración Publica relacionadas en la materia; Implementar las políticas y estrategias para la integración social de la población objetivo; Establecer, en coordinación con las Dependencias y Entidades de la administración pública relacionadas en la materia, la infraestructura para la ejecución de los servicios de atención integral; Promover la celebración de convenios de colaboración con instituciones y organismos públicos, sociales y privados para ayudar en las nuevas políticas y estrategias en beneficio de la población vulnerable; Establecer estrategias para evaluar el seguimiento de las líneas de acción hacia la población vulnerable; Coordinar la asistencia técnica en materia de seguimiento para la aplicación de las políticas sobre la atención integral a la población vulnerable de la Central de Abasto; Evaluar el impacto de los programas sociales que se implementen en la Central de Abasto; Presentar el informe de resultados a las Dependencias y Entidades de la administración pública relacionadas en la materia; y Evaluar los proyectos que se hayan implementado para seguimiento y aplicación y en su caso mejora de los mismos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.