Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/152%20Bis
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
152 Bis

Artículo 152 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica qué hace la Dirección General de Atracción de Inversiones, una oficina del gobierno de la Ciudad de México. Su labor principal es proponer ideas y estrategias para atraer dinero de empresas tanto mexicanas como extranjeras, y hacer que sea más fácil invertir en la ciudad. También se encarga de ayudar a los inversionistas (personas o empresas que quieren poner un negocio) a instalarse o expandirse, y de organizar eventos o viajes para promover la ciudad en el extranjero. Además, negocia acuerdos con empresas y gobiernos de otros países, y sugiere incentivos, como apoyos o ventajas, para que las inversiones beneficien a la sociedad y a la economía. Finalmente, debe hacer todo lo que su jefe, el Titular de la Secretaría, le ordene o lo que digan otras leyes.

Texto oficial

Artículo 152 Bis.- Corresponde a la Dirección General de Atracción de Inversiones: Proponer la política de promoción y facilitación de inversiones a la persona Titular de la Secretaría en concordancia con los objetivos de desarrollo económico; Crear y someter a consideración de la persona Titular de la Secretaría la estrategia general de atracción de inversiones nacionales y extranjeras que privilegie el diálogo y coordinación con las dependencias gubernamentales y el sector privado; Articular la relación con las instancias gubernamentales involucradas en facilitación de inversiones a nivel federal y local, así como sugerir acciones de simplificación administrativa para agilizar las inversiones; Ejecutar estrategias de acompañamiento a inversionistas nacionales y extranjeros en busca de iniciar o expandir negocios en la Ciudad de México; Orientar inversiones focalizadas a proyectos de desarrollo económico con alto impacto social, en coordinación con las demás áreas de la Secretaría; Proponer incentivos para el establecimiento de inversiones con impacto social y económico a la persona Titular de la Secretaría; Coordinar los trabajos con las distintas áreas de la Secretaría, incluyendo la organización de eventos y el seguimiento a la facilidad de las inversiones, la orientación al inversionista y el impulso a proyectos prioritarios de alto impacto social y económico designados por la persona Titular de la Secretaría; Negociar convenios de colaboración para fomentar intercambios, comercio, inversiones y proyectos productivos con empresas y organizaciones nacionales y extranjeras de interés para la Secretaría; Definir la agenda en materia de cooperación internacional de la Secretaría para proponer actividades de cooperación internacional y promoción de la Ciudad de México en el ámbito de competencias de esta Secretaría con socios estratégicos; Coordinar y, en su caso, preparar los materiales necesarios para la asistencia de la persona Titular de la Secretaría y/o asistir en su representación a reuniones y eventos de socios estratégicos internacionales; Preparar, coordinar y asistir a misiones comerciales, giras internacionales y eventos de contenido internacional en las que participe la persona Titular de la Secretaría o que pudieran impactar en el ámbito de competencia de esta Secretaría; Las demás que le atribuyan las leyes y otros ordenamientos, así como las instrucciones de la persona Titular de la Secretaría. Artículo adicionado G.O. CDMX 30/12/2024 SECCIÓN VII DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y COORDINACIÓN METROPOLITANA

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.