- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 158
Artículo 158 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 158 ya no está vigente, es decir, fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Esto se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de julio de 2023. Así que, si antes existía una regla en ese artículo, desde esa fecha ya no cuenta para nada. En resumen, solo es un aviso oficial de que ese artículo desapareció.
Texto oficial
Artículo 158.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 21/07/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.