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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
157

Artículo 157 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Planeación y Evaluación Estratégica es la encargada de poner orden y vigilar cómo funciona la Secretaría de Educación de la Ciudad de México. Su trabajo principal es coordinar los planes, dar seguimiento a los programas y evaluar si están funcionando bien, especialmente en temas de educación, ciencia, tecnología e innovación. También tiene que diseñar métodos e informes para medir los avances, y proponer cambios si algo no sale como se espera. Además, se encarga de crear sistemas de información para darle seguimiento a los proyectos importantes, y de ayudar a hacer y revisar el plan general de desarrollo de la ciudad en estas materias. Por último, recomienda estrategias para mejorar la eficiencia, la transparencia y el combate a la corrupción dentro de la dependencia.

Texto oficial

Artículo 157.- Corresponde a la Dirección General de Planeación y Evaluación Estratégica: Coordinar las políticas y lineamientos internos en materia de planeación estratégica, diseño, seguimiento y evaluación interna relativos a la educación, ciencia, tecnología e innovación, así como aquellos que establezca la persona titular de la Secretaría en el marco del desempeño institucional eficiente y efectivo; Fracción reformada G.O.CDMX 30/04/25 I Bis. Coordinar la elaboración de diagnósticos, reportes, informes y demás documentos que se requieran para fines del seguimiento y evaluación de planes, programas y proyecto estratégicos de la Secretaría, así como aquellos solicitados por los entes públicos del Gobierno de la Ciudad de México considerando los programas transversales y sectoriales; Fracción adicionada G.O.CDMX 30/04/25 I Ter. Coordinar el monitoreo, seguimiento y evaluación interna de los programas, proyectos y acciones a cargo de la Secretaría con el fin de conocer sus avances y proponer los ajustes pertinentes; Fracción adicionada G.O.CDMX 30/04/25 I Quáter. Diseñar las metodologías e instrumentos metodológicos para el seguimiento y la evaluación interna de los planes, programas y proyecto estratégicos de la Secretaría; Fracción adicionada G.O.CDMX 30/04/25 Diseñar sistemas de información y seguimiento de los proyectos estratégicos de la Secretaría; Coadyuvar en la elaboración y evaluación del Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México en las materias de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Formular y proponer la metodología y los lineamientos internos que se requieran para la elaboración, actualización y difusión del Manual Administrativo y demás documentos administrativos que regulen el mejor funcionamiento de la Secretaría y supervisar su aplicación adecuada; Coordinar los procedimientos de verificación y seguimiento de planeación, evaluación y monitoreo que permitan conocer con objetividad, precisión, oportunidad y regularidad el desarrollo de las actividades de la Secretaría; Recomendar estrategias, lineamientos y criterios técnicos a que deberán sujetarse las Unidades Administrativas de la Secretaría, en relación con los programas de modernización, calidad total, mejora de procesos, de regulación, ahorro, transparencia y combate a la corrupción; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 30/04/25 Desarrollar los sistemas de diagnóstico, interpretación y desarrollo de planes, programas y proyectos que faciliten una planeación preventiva en todas las áreas de la Secretaría; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 30/04/25 Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 30/04/25 Evaluar los resultados de las políticas, estrategias y actividades que implemente la Secretaría y, en su caso proponer las medidas correctivas conducentes; Coordinar con las instancias que correspondan, las políticas, programas y estudios orientados a la determinación y uso de información estadística y de indicadores educativos; Establecer en coordinación con las Unidades Administrativas competentes y otras Instituciones Educativas, los indicadores que permitan evaluar la calidad y eficacia de la educación en la Ciudad de México; Vigilar que los criterios y lineamientos para la evaluación de los programas educativos, así como los procedimientos e instrumentos necesarios generen los parámetros que permitan valorar el rendimiento escolar, por materia, grado, nivel y tipo educativo; Diseñar el contenido del material impreso que se elabora en los programas educativos, implementados por la Secretaría; Diseñar la información estadística educativa en la Ciudad de México, con la finalidad de apoyar la evaluación del sector educativo en el ámbito de atribuciones de la Secretaría; Coordinarse con las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de México, instituciones públicas o privadas para recabar información estadística en materia educativa, en el ámbito de las atribuciones de la Secretaría; Implementar y desarrollar el sistema de evaluación académica en todos los niveles y coordinarse, con el sistema federal de evaluación; Establecer mecanismos de colaboración y coordinación con las instituciones que impartan educación básica, media superior y superior en la Ciudad de México, que permitan mejorar la planeación y evaluación de estos niveles educativos; Generar documentos de análisis sectorial de la educación que se imparte en la Ciudad de México; y Las demás que le sean encomendadas por la persona titular de la Secretaría, congruentes con la normatividad aplicable y que tengan alguna de las finalidades enunciadas en la ley de la materia y en el presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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