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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/165
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
165

Artículo 165 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo 165 ya no es válido, fue eliminado oficialmente de la ley. La palabra "derogado" significa que esa regla ya no existe y no debes tomarla en cuenta. Todo lo que decía ese artículo ya no tiene efecto legal desde el 21 de julio de 2023.

Texto oficial

Artículo 165.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 21/07/23 SECCIÓN IX DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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