- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 166
Artículo 166 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 166 dice qué tareas tiene un área del gobierno de la Ciudad de México, que antes se llamaba Dirección General Táctico Operativa. Algunas partes de este artículo ya no sirven porque fueron eliminadas en 2019. Las tareas que sí están vigentes son: llevar un registro único de todas las emergencias que ocurran en la ciudad, reunir información sobre cómo está la ciudad en situaciones normales y de riesgo, y proponer reglas para los refugios temporales donde se ayuda a la gente durante desastres. También debe coordinar los equipos de apoyo en emergencias, proponer planes y acciones a otras dependencias del gobierno y a las alcaldías, y sugerir al secretario de Protección Civil los protocolos para prevenir y atender desastres naturales o causados por personas. Además, aplica los planes de emergencia, coordina la seguridad, el rescate, la asistencia y los servicios básicos, y propone el manual del Comité de Emergencias, entre otras responsabilidades.
Texto oficial
Artículo 166.- Corresponde a la Dirección General Táctico Operativa: Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 07/08/2019 Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 07/08/2019 Elaborar, operar, evaluar y actualizar la información del Registro Estadístico Único de Situaciones de Emergencia de la Ciudad de México; Recabar, captar y sistematizar la información, para conocer la situación de la Ciudad de México en condiciones normales y de emergencia; Proponer las normas técnicas de los establecimientos temporales para el auxilio de los habitantes de la Ciudad de México, en situaciones de emergencia o de desastre; Coordinar los dispositivos de apoyo para atender situaciones de emergencia o desastre; Proponer programas y acciones táctico operativas a las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México así como Alcaldías, responsables de los Servicios Vitales y Sistemas Estratégicos; Fracción reformada G.O. CDMX16/02/23 Proponer, a la persona titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, protocolos, procedimientos y acciones tácticas operativas, que permitan prever, prevenir y atender la eventualidad de una emergencia o desastre, de origen natural o antrópico; Fracción reformada G.O. CDMX16/02/23 Aplicar los planes de emergencia establecidos y coordinar los mecanismos de acción en caso de emergencia o desastre; Coordinar y aplicar medidas de seguridad; Establecer y coordinar los planes de seguridad, búsqueda, salvamento y asistencia, servicios estratégicos, equipamiento y bienes; salud, aprovisionamiento y reconstrucción inicial; Proponer y remitir el Proyecto del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Emergencias de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, a la persona titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil para los efectos correspondientes; Establecer en coordinación con las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, Alcaldías, órganos e instituciones del sector público y privado, los lineamientos para la prestación de los servicios públicos que deben ofrecerse a la población en caso de situaciones de emergencia o desastre; Evaluar los planes de respuesta existentes, ratificando y en su caso rectificando los procedimientos y contenidos de los mismos; Proponer planes de emergencia con base en la regionalización de riesgo-respuesta, manteniéndola actualizada; Recomendar y evaluar la realización de simulacros en las áreas clasificadas de alto riesgo de ocurrencia de fenómenos naturales o antropogénicos; Proponer a la persona titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil políticas públicas para establecer acciones de previsión, prevención, mitigación, respuesta y resiliencia táctica operativa en Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil; Fracción reformada G.O. CDMX 16/02/23 Generar los reportes estadísticos requeridos para informar a las autoridades superiores; y Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 07/08/2019 Las demás que el presente Reglamento, así como otras disposiciones le asignen.
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