- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 202
Artículo 202 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Igualdad y Atención a la Violencia de Género tiene varias tareas importantes para proteger los derechos de las mujeres y niñas en la Ciudad de México. Por ejemplo, se encarga de planear y dar seguimiento a las políticas de la Secretaría, y de buscar dinero público o privado para llevarlas a cabo. También revisa que todas las dependencias del gobierno local incluyan la perspectiva de género en sus presupuestos, programas y acciones. Otra de sus funciones es asegurarse de que los servicios para prevenir y atender la violencia de género, como los de las LUNAS o los refugios, funcionen bien y de manera eficiente. Además, promueve la capacitación de los servidores públicos en temas de igualdad y derechos humanos de las mujeres, y propone leyes, foros y cursos para lograrlo.
Texto oficial
Artículo 202.- Corresponde a la Dirección General de Igualdad y Atención a la Violencia de Género: Dirigir el diseño y coordinar el establecimiento de los instrumentos de planeación y seguimiento de las políticas públicas de la Secretaría, así como gestionar y realizar las acciones necesarias para acceder al financiamiento público y privado con las instancias competentes del Gobierno Federal y Local; Examinar y proponer los mecanismos necesarios para impulsar a los entes de la Administración Pública de la Ciudad en la elaboración de sus presupuestos, programas y acciones con perspectiva de género y de derechos humanos de las mujeres y las niñas; Supervisar la planeación de los procesos, indicadores y programas de los entes públicos de la Ciudad de México orientados a reducir las brechas de género y lograr la igualdad sustantiva, desde una perspectiva de género y derechos humanos, con base en los instrumentos locales, nacionales e internacionales de derechos humanos de las mujeres; Suscribir documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como los de carácter administrativo y jurídico o de cualquier índole, que se requiera en materia de igualdad de género, prevención y atención de la violencia contra las mujeres y niñas para el buen desempeño de la Dependencia; Promover dentro del Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, y el Programa de Gobierno de la Ciudad de México, la capacitación y sensibilización de las personas servidoras públicas, respecto la incorporación de perspectiva de género e igualdad sustantiva; Proponer a la persona Titular de la Secretaría, instrumentos jurídicos necesarios para la armonización legislativa en materia de derechos humanos de las mujeres, paridad e igualdad de género; Proponer la realización de foros, congresos, diplomados, cursos y certificaciones en materia de igualdad sustantiva y autonomía física, económica y política de las mujeres que habitan y transitan en la Ciudad, para garantizar sus derechos humanos plenos; Coordinar el seguimiento de la oportunidad, calidad, eficacia y eficiencia de los servicios de prevención y atención a la violencia de género que se brinden en las Unidades Territoriales de Atención y Prevención a la Violencia de Género (LUNAS), en los hogares de mujeres en situación de riesgo, en las Casas de Emergencia y Refugio, de acuerdo con el modelo de atención diseñado para tal efecto; así como elaborar y proponer estrategias innovadoras integrales orientadas a la mejora de los mismos; Se deroga. Dirigir y vigilar el diseño e implementación de las herramientas tecnológicas y los procesos de coordinación necesarios para la consolidación de la Red de Información de Violencia contra las Mujeres en la y del Sistema para la Identificación y Atención del Riesgo de Violencia Feminicida para la Administración Pública de la Ciudad, de conformidad con los Lineamientos de Operación emitidos para tal efecto, promoviendo la participación de los entes públicos u organismos internacionales; Fomentar y promover en coordinación con otros entes, programas orientados a la sensibilización de los hombres, a efecto de incentivar relaciones de respeto, libres de violencia hacia su pareja, las y los hijos, amigas, amigos y comunidad; Establecer mecanismos de comunicación permanente con las autoridades de procuración, administración e impartición de justicia, para fortalecer el acceso a la misma y a la reparación integral del daño de mujeres víctimas de violencia; Dirigir y promover programas y acciones para mejorar la salud integral de las mujeres, así como el ejercicio pleno de sus derechos sexuales y reproductivos en la Ciudad, previniendo el abuso sexual a niños, niñas y el embarazo de adolescentes; Dirigir y promover las acciones necesarias para la creación de un sistema público de cuidados en la Ciudad, en coordinación con otros entes; Dirigir y supervisar las acciones de orientación jurídica para el acceso a la justicia, que se brinden en las Agencias Desconcentradas y especializadas del Ministerio Público, así como los servicios de referencia y contrarreferencia necesarios para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres que se encuentren en situación de violencia; Formular lineamientos para evaluar la calidad de los servicios proporcionados, de programas prioritarios y estratégicos por la Secretaría, proponiendo las correcciones y modificaciones necesarias para elevar y mantener la calidad, oportunidad y eficacia de estos; Evaluar los programas y acciones institucionales, proponiendo a la persona Titular de la Secretaría ajustes, cambios o reorientación de la gestión en la misma; Proporcionar asesoría y apoyo técnico en materia de planeación, evaluación, diseño, aplicación y monitoreo de indicadores a las Unidades Administrativas de la Secretaría, desarrollando las herramientas metodológicas necesarias para la planeación y evaluación de los Programas Anuales de trabajo; Participar en los grupos de trabajo inter y extrainstitucionales que se requieran, por instrucciones de la persona Titular de la Secretaría; Elaborar informes que den cuenta de los resultados en el cumplimiento de las políticas, objetivos, estrategias y acciones del Programa de Trabajo de la Secretaría; y Los demás asuntos que le corresponden en términos de las leyes aplicables, su reglamento interior y los que le instruya la persona Titular de la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.