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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
204

Artículo 204 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Ejecutiva de Igualdad Sustantiva es un área del gobierno que se encarga de varias cosas para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades. Por ejemplo, ayuda a diseñar planes y a capacitar a los servidores públicos (empleados del gobierno) para que en su trabajo tomen en cuenta la perspectiva de género, que es poner atención a las necesidades y derechos de las mujeres. También puede hacer investigaciones para saber cómo están viviendo las mujeres en la ciudad y proponer mejoras. Además, se coordina con otras dependencias, escuelas, empresas o grupos sociales para crear proyectos que prevengan la violencia contra las mujeres y las niñas. En resumen, su trabajo es que todas las acciones del gobierno ayuden a lograr una igualdad real entre hombres y mujeres.

Texto oficial

Artículo 204.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Igualdad Sustantiva: Colaborar en el diseño, elaboración, operación, seguimiento y evaluación del mecanismo de transversalidad de la perspectiva de género en los entes públicos de la Ciudad; Contribuir como Órgano de consulta, asesoría, capacitación y formación de las entidades de la Administración Pública de la Ciudad, y de los sectores social y privado, en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; Proponer, innovar e implementar planes y/o estrategias metodológicas y formativas que involucren a los diferentes entes públicos de la Ciudad, a fin de generar, potenciar y desarrollar capacidades, habilidades, conductas y actitudes en las personas servidoras públicas, desde una perspectiva de género y derechos humanos; Elaborar y operar en el ámbito de sus atribuciones líneas de investigación y documentación para contribuir al diagnóstico sobre la posición, situación y condición de las mujeres en la Ciudad, para incidir en los entes públicos de la Ciudad, a fin de generar, potenciar y desarrollar insumos para las personas servidoras públicas responsables de diseñar, ejecutar, y en su caso, evaluar planes, programas, proyectos y acciones de política pública desde una perspectiva de género y derechos humanos; Dirigir y supervisar dentro del ámbito de su competencia, el diseño de indicadores, mecanismos de seguimiento y evaluación para incidir en los entes públicos de la Ciudad, a fin de generar, potenciar y desarrollar insumos para las personas servidoras públicas responsables de diseñar, ejecutar, y en su caso, evaluar planes, programas, proyectos y acciones de política pública desde una perspectiva de género y derechos humanos orientada a lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; Coadyuvar en la estrategia de institucionalización de la perspectiva de género y cultura organizacional de la Secretaría; Colaborar en el mantenimiento permanentemente de políticas públicas con perspectiva transversal de género, destinadas a mejorar las condiciones de vida de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad civil; Establecer en el ámbito de sus atribuciones, vínculos institucionales de coordinación para proponer instrumentos de colaboración con entes públicos, privados, sociales, organismos internacionales e instituciones académicas, en materia de igualdad sustantiva y de derechos humanos de las mujeres y las niñas, igualdad de género, prevención, atención de los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres y las niñas, para el logro de sus objetivos y de acuerdo con la legislación aplicable; Coadyuvar en el fortalecimiento de la participación de los actores estratégicos en el diseño, formulación y evaluación de las políticas, para alcanzar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; Colaborar en las tareas derivadas de los Programas de Coinversión para el Desarrollo Social y de Financiamiento para instituciones y organizaciones dedicadas a la asistencia, integración y promoción social que en el marco de la corresponsabilidad y promoción de la participación ciudadana, favorezcan la concreción de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; Proponer acciones encaminadas a fortalecer la vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, respecto de acciones hacia las mujeres, a efectos de trabajar de manera coordinada en beneficio de los distintos grupos de mujeres; Coordinar la gestión y operación, de los apoyos y estímulos dirigidos a fomentar las actividades de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en favor de las mujeres; Colaborar en el diseño y operación de campañas dirigidas a promover la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; Establecer en el ámbito de sus atribuciones, y con base en los estudios pertinentes acciones, políticas y programas especiales que garanticen igualdad sustantiva y la ciudadanía plena de las mujeres; Se deroga. Se deroga. Establecer acciones para el funcionamiento, así como lineamientos de operación del Centro de Documentación de la Secretaría; Coadyuvar en la elaboración de los lineamientos generales en materia de igualdad sustantiva, para los fines que la persona Titular de la Jefatura de Gobierno y la normatividad vigente mandaten; Colaborar en la sistematización y elaboración de informes para el seguimiento, cumplimiento y difusión de las acciones derivadas de Tratados Internacionales firmados por México en materia de derechos humanos de las mujeres; y Coordinar la sistematización y elaboración de informes para el seguimiento, y difusión de las acciones derivadas del Programa General de Desarrollo, los Programas Sectoriales y Programas Especiales en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres desde la Secretaría; así como administrar y aplicar los recursos que le sean asignados; y los demás asuntos que le corresponden en términos de las leyes aplicables, su reglamento interior y los que le instruya la persona Titular de la misma Secretaría y/o la persona titular de la Dirección General de Igualdad y Atención a la Violencia de Género.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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