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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
207

Artículo 207 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica las tareas de una oficina del gobierno de la Ciudad de México llamada Dirección General de Proyectos Estratégicos y Servicios Técnicos. Básicamente, esta oficina se encarga de planear y supervisar obras para mejorar plazas, parques y calles (el espacio público), y también coordina proyectos grandes de construcción. Puede pedir dinero y materiales para esos proyectos, y hasta contratar empresas para realizarlos. También se encarga de revisar contratos, resolver problemas legales si alguien daña la infraestructura vial, y proponer ideas tecnológicas para que los proyectos sean más accesibles y cuidadosos con el medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 207.- Corresponde a la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Servicios Técnicos: Definir las estrategias para los estudios, proyecto y obras de regeneración del espacio público, solicitando el recurso financiero y material para la ejecución y/o contratación de los mismos; Instruir a las Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que se le encuentran adscritas, para que se encarguen de la supervisión interna de los estudios, proyectos y obras de regeneración del espacio público; Realizar, a través de las Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que se le encuentran adscritas, los proyectos estratégicos, estudios técnicos, obras y/o supervisión de las obras de construcción a cargo de la Secretaría; Realizar la proyección, planeación y ejecución de los proyectos estratégicos de las obra pública y servicios relacionados con la misma en materia de afección por la dinámica del medio geológico de la Ciudad de México; Solicitar a la Dirección General Jurídica y Normativa, la atención y seguimiento a las denuncias, querellas y demás actos y/o recursos jurídicos que deban promoverse ante las autoridades competentes, por daños ocasionados a la infraestructura vial, espacios públicos y/o predios inherentes a proyectos estratégicos asignados a la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Servicios Técnicos, así como las que sean necesarias para la defensa de los intereses de la Ciudad de México en las materias de su competencia, pudiendo llegar a las acuerdos reparatorios, siempre y cuando se garantice satisfactoriamente la reparación del daño ocasionado previo cumplimiento de la normatividad aplicable; Aportar la información necesaria a través de las Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que se le encuentran adscritas, para iniciar, expedir y sustanciar hasta su conclusión, los actos y procedimientos para la adquisición de bienes, la prestación de servicios y la realización de proyectos estratégicos, así como determinar la terminación anticipada, suspensión y/o rescisión de los contratos y/o convenios celebrados con tal motivo, en su caso, con la consulta e intervención del área jurídica correspondiente; Elaborar, revisar y suscribir los contratos y/o convenios que sean necesarios para el ejercicio de sus facultades, así como sustanciar la terminación anticipada, suspensión y/o rescisión de los mismos, con la consulta, en su caso, del área jurídica correspondiente, así como ejecutar las garantías y, en su caso, las penas y sanciones correspondientes, informando de tales acciones a su superior jerárquico; Proponer y en su caso implementar alternativas tecnológicas que permitan desarrollar proyectos estratégicos desde un punto de vista de accesibilidad y sustentabilidad; Orientar y asesorar a los Entes de la Administración Pública de la Ciudad de México y Alcaldías que así lo requieran, en lo relativo a la elaboración de proyectos, construcción y mantenimiento de la obra pública; Emitir normas, lineamientos y especificaciones para la planeación, construcción, operación y conservación de la obra pública; Emitir y difundir el Tabulador General de Precios Unitarios del Gobierno de la Ciudad de México, así como realizar las actualizaciones mensuales; Verificar la aplicación de los criterios para el análisis y autorización de precios unitarios con base en las disposiciones aplicables en la materia; Elaborar y administrar el Registro de Concursantes, así como mantenerlo actualizado; Establecer las políticas, estrategias y lineamientos para la elaboración de proyectos estratégicos, cuya ejecución esté a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios; Establecer los lineamientos, políticas y estrategias para implementar, verificar y supervisar el Sistema de Gestión de Calidad en las obras y servicios a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios; Definir las estrategias para los estudios, proyectos y obras de regeneración del espacio público, destinando el recurso financiero necesario para la ejecución y/o contratación de los mismos, e instruir a las Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que se le encuentran adscritas, la supervisión interna de los estudios, proyectos y obras de regeneración del espacio público que así lo requieran; Realizar, a través de Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que se le encuentran adscritas, la proyección, planeación y ejecución de los proyectos de obra pública en materia de afección por la dinámica del medio geológico de la Ciudad de México, coordinando las acciones con las áreas correspondientes para asegurar su adecuado desarrollo; Normar las especificaciones técnicas que deberán cumplir las Áreas que integran la Secretaría de Obras y Servicios para el envío de la información que se integrará al Sistema de Información Geográfica de dicha Dependencia; y Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos, así como las que le sean conferidas por su superior jerárquico en el ámbito de su competencia. Articulo reformado G.O. CDMX 28/03/25

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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