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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
208

Artículo 208 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Obras para el Transporte se encarga de coordinar con otras oficinas del gobierno y las Alcaldías la construcción y equipamiento de obras como puentes, carreteras y estaciones del transporte público. También debe planear y hacer estudios para mejorar o ampliar esas obras, además de supervisar que se construyan bien. Puede ir a juicio si alguien daña la infraestructura vial o predios importantes, y puede llegar a acuerdos para reparar el daño. También maneja los contratos para comprar materiales o contratar servicios, y puede cancelarlos si es necesario.

Texto oficial

Artículo 208.- Corresponde a la Dirección General de Obras para el Transporte: Coordinar los trabajos de construcción de obras de infraestructura para el transporte y su equipamiento, con las Dependencias, Unidades Administrativas, Alcaldías, Órganos Desconcentrados, así como con las Entidades de la Administración Pública; I Bis. Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 28/03/25 Colaborar con las Dependencias, Unidades Administrativas, Alcaldías y Órganos Desconcentrados, así como con las Entidades de la Administración Pública, en la planeación, realización de estudios e investigaciones necesarios para optimizar, actualizar, ampliar, construir, equipar y supervisar las obras de infraestructura para el transporte de la Ciudad de México; Planear, presupuestar, ejecutar y supervisar la construcción de las obras de infraestructura para el transporte y su equipamiento; Elaborar estudios, proyectos ejecutivos y de detalle para la construcción de las obras de infraestructura para el transporte y su equipamiento; Establecer y vigilar los métodos constructivos aplicables en obras e instalaciones de la infraestructura para el transporte; Presentar y dar seguimiento a las denuncias, querellas y demás actos y/o recursos jurídicos que deban promoverse ante las autoridades competentes, por daños ocasionados a la infraestructura vial, espacios públicos y/o predios inherentes a proyectos estratégicos asignados a la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Servicios Técnicos, así como las que sean necesarias para la defensa de los intereses de la Ciudad de México en las materias de su competencia, pudiendo llegar a los acuerdos reparatorios, siempre y cuando se garantice satisfactoriamente la reparación del daño ocasionado, en su caso, con el apoyo del área jurídica correspondiente y previo cumplimiento de la normatividad aplicable; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Iniciar, expedir y sustanciar hasta su conclusión, los actos y procedimientos para la adquisición de bienes, la prestación de servicios y la realización de obra pública que sean necesarias para el ejercicio de sus facultades, incluso financiadas bajo cualquier modalidad, así como determinar la terminación anticipada, suspensión y/o rescisión de los contratos y/o convenios celebrados con tal motivo, en su caso, con el apoyo del área jurídica correspondiente; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Elaborar, revisar y suscribir los contratos y convenios que sean necesarios para el ejercicio de sus facultades, así como sustanciar la terminación anticipada, suspensión y/o rescisión de los mismos, en su caso, con el apoyo del área jurídica correspondiente, así como ejecutar las garantías y, en su caso, las penas y sanciones correspondientes, informando de tales acciones a su superior jerárquico; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Construir y supervisar las obras e instalaciones fijas de la infraestructura para el transporte, incluyendo sus obras inducidas y complementarias; verificando que se hagan de acuerdo al proyecto ejecutivo, programa y presupuesto autorizados; Diseñar y emitir las políticas, estrategias y lineamientos en materia de planeación, proyecto, construcción, control y supervisión de las obras inherentes a las obras de infraestructura para el transporte; Establecer mecanismos de control que garanticen la seguridad de los recursos humanos y materiales durante el desarrollo de la construcción de las obras de infraestructura del transporte; Adquirir, transportar, suministrar e instalar los equipos y material de instalación fija que requieran las obras de infraestructura para el transporte; de conformidad con la normatividad aplicable; Elaborar, revisar y suscribir los contratos y convenios que sean necesarios para el ejercicio de sus facultades, así como sustanciar la terminación anticipada, suspensión y/o rescisión de los mismos, con el apoyo del área jurídica, así como ejecutar las garantías en su caso y las penas y sanciones correspondientes, informando de tales acciones a su superior jerárquico; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Entregar las obras de infraestructura para el transporte, así como sus obras inducidas y complementarias a las Dependencias, Alcaldías, Órganos Desconcentrados, y Entidades operadoras de los mismos; Solicitar o efectuar la realización de las pruebas requeridas para poner en servicio las obras de infraestructura para el transporte, a fin de garantizar la seguridad integral del servicio; Coordinar con las autoridades competentes, las labores de protección civil, durante la ejecución de las obras; Coordinar con las autoridades competentes, las labores de protección civil, durante la ejecución de las obras; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Emitir las declaratorias de necesidad de las obras públicas a concesionarse en la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia; Elaborar, en su caso, las declaratorias de necesidad de las obras a concesionarse; Elaborar y suscribir los documentos necesarios para otorgar la concesión o ejecución por terceros de las obras, con el apoyo del área jurídica; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Establecer los mecanismos para fijar y modificar precios, tarifas o contraprestaciones correspondientes a las obras concesionadas, con el apoyo del área jurídica; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Elaborar, suscribir, vigilar y dar seguimiento a la ejecución de los títulos de concesión de las obras públicas y sus modificaciones en el ámbito de su competencia, con el apoyo del área jurídica; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Establecer mecanismos de evaluación y control que garanticen el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las obras concesionadas; Aprobar los proyectos ejecutivos de las obras concesionadas; Supervisar de forma sistemática que la ejecución de los trabajos de las obras concesionadas se lleve a cabo conforme a los términos de referencia establecidos y de acuerdo al proyecto ejecutivo aprobado; Motivar, fundamentar, sustanciar y tramitar, en su caso, los actos y procedimientos de nulidad, extinción, revocación y caducidad de las concesiones, así como elaborar la declaratoria de los bienes, cuando resulte procedente, con la consulta del área jurídica en su caso, y de conformidad con la normatividad aplicable; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Dictar las medidas necesarias tendientes a proteger el interés público de las obras concesionadas; con el apoyo del área jurídica; Fracción reformada G.O. CDMX 28/03/25 Verificar que la construcción y mantenimiento de obras concesionadas se lleve a cabo en coordinación con las Dependencias, Unidades Administrativas, Alcaldías, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública, que corresponda; y Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos, así como las que le sean conferidas por su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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