Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/208%20Bis
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
208 Bis

Artículo 208 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo 208 Bis ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado) de las leyes de la Ciudad de México desde el 30 de junio de 2022. Derogar significa que se quitó oficialmente, como cuando borras una regla de un juego porque ya no aplica. Así que no tienes que preocuparte por cumplirlo ni saber lo que decía, porque ya no existe en la ley. Solo es un recordatorio de que esa regla ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 208 Bis.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 30/06/2022

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.