- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 208 Quáter
Artículo 208 Quáter del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 208 Quáter fue eliminado de la ley, ya no es válido. Por su parte, el Artículo 208 Quinquies dice que la Dirección Ejecutiva de Proyectos Especiales tiene varias tareas. Por ejemplo, se encarga de hacer estudios y planes para crear proyectos especiales, coordinar con otras oficinas del gobierno de la Ciudad y del país, y firmar acuerdos con grupos nacionales o internacionales. También supervisa obras y equipamiento, presenta denuncias por daños a la infraestructura que cuida, y ayuda a hacer o terminar contratos necesarios para su trabajo. Además, puede hacer otras actividades que le pida su jefe directo o que estén en las leyes.
Texto oficial
Artículo 208 Quáter.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 28/03/25 Artículo 208 Quinquies.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Proyectos Especiales: Proponer y desarrollar estudios técnicos y estratégicos necesarios para la planeación, diseño e implementación de Proyectos Especiales; Establecer los criterios de coordinación y participación con las diferentes Dependencias, Órganos y Entidades de la Administración Pública Local y Federal, para la implementación de Proyectos Especiales; Emitir instrumentos de vinculación y colaboración con organismos de cooperación, nacionales e internacionales para la implementación, operación y administración de los proyectos y servicios, así como los relativos a programas y proyectos que se requieran para la implementación de Proyectos Especiales; Programar y supervisar proyectos, infraestructura y equipamiento para gestionar, implementar, conservar, ampliar, mejorar y hacer más eficiente los Proyectos Especiales, y desarrollar proyectos que dicten y vigilen las políticas de operación del mismo, de acuerdo con los lineamientos jurídicos aplicables en la materia; Coordinar con las diferentes Dependencia, Órganos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como con las autoridades de la Zona Metropolitana del Valle de México el desarrollo e implementación de estrategias y proyectos de obra, infraestructura y de servicios relacionados de Proyectos Especiales; Participar en la presentación y seguimiento a las denuncias, querellas y demás actos y recursos jurídicos ante las autoridades competentes por daños ocasionados a la infraestructura, espacios públicos y/o predios a su cargo en custodia y lo inherente a obras de Proyectos Especiales, así como las que sean parte de sus atribuciones para la defensa de los intereses de la Ciudad de México, pudiendo llegar a acuerdos reparatorios, siempre y cuando se garantice satisfactoriamente la reparación del daño ocasionado, en coordinación con el área jurídica correspondiente y previo cumplimiento de la normativa aplicable; Coordinar la realización de las obras públicas necesarias para el ejercicio de sus facultades, incluso financiadas bajo cualquier modalidad; y Colaborar con la elaboración, revisión y suscripción de los contratos y convenios que sean necesarios para el ejercicio de sus facultades, sustanciar la terminación anticipada, suspensión y/o rescisión de los mismos, así como ejecutar las garantías y, en su caso, las penas y sanciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones aplicables; y IX. Las demás que le confieran las disposiciones aplicables, que sean para el cumplimiento de su objetivo, así como las que le sean conferidas por su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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