- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 224 TER
Artículo 224 TER del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección Ejecutiva del Seguro de Desempleo es la encargada de hacer funcionar el Seguro de Desempleo, un apoyo para quienes se quedan sin chamba y viven en la CDMX. Su trabajo es asegurarse de que el programa sea fácil de entender y de acceder, revisar que todo se maneje con honestidad y rapidez, y publicar en internet las listas de quienes fueron aceptados. También tiene que informar a la gente sobre los requisitos y beneficios, resolver las quejas de los solicitantes y, si alguien ya no cumple con las reglas, darle de baja. Por último, debe coordinar los pagos para que los beneficiarios reciban su apoyo económico sin complicaciones.
Texto oficial
Artículo 224 TER.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva del Seguro de Desempleo: Dirigir la operación del programa social denominado Seguro de Desempleo y Subprograma Seguro de Desempleo Activo para la incorporación al mercado de trabajo y al goce del derecho de un trabajo digno a las personas desempleadas residentes de la Ciudad de México; Proponer al superior jerárquico las modificaciones a las reglas de operación, a fin de que el programa sea accesible a la población objetivo; Establecer instrumentos de control interno para la supervisión del desarrollo del programa y subprograma, atendiendo a los principios de transparencia, atención ciudadana y simplificación administrativa; Evaluar el impacto del programa y subprograma, mediante emisión e indicadores de gestión, que permitan tomar medidas preventivas y/o solventar contratiempos en su ejecución; Proponer campañas informativas y de difusión del programa social Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo, dirigidos a los habitantes de la Ciudad de México; Impulsar campañas de difusión dirigidas a buscadores de empleo, grupos de atención prioritaria y personas en condición de vulnerabilidad que requieran el apoyo del programa social Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo; Realizar asambleas informativas para divulgar los beneficios y requisitos del programa social Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo; Publicar en los portales oficiales las listas de personas aceptadas al programa Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo a fin de que éstas puedan continuar con los trámites conducentes; Coordinar los trámites para el otorgamiento del apoyo económico del programa Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo, a fin de que las personas interesadas obtengan el beneficio; Brindar información sobre los requisitos de acceso al programa social Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo; Emitir la cancelación o baja del programa Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo atendiendo a los supuestos establecidos en las reglas de operación; Cumplir con los convenios de colaboración que se celebren con otras dependencias para el otorgamiento del programa Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo; Atender las quejas presentadas por los solicitantes al programa Seguro de Desempleo y subprograma Seguro de Desempleo Activo, a fin de valorar su viabilidad; y Las demás previstas en otros ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables o las que le encomiende la persona superior jerárquica. Artículo adicionado con sus fracciones G.O. CDMX 30/04/2025 SECCIÓN XVII BIS DE LA SECRETARÍA DE VIVIENDA Sección adicionada G.O. CDMX 14/10/25
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