- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 227
Artículo 227 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 227 dice que la Dirección General de Servicios al Turismo se encarga de ayudar a los hoteles, restaurantes y agencias de viaje de la Ciudad de México. Para eso, consigue apoyos económicos y capacitación técnica, y busca que más personas inviertan en instalaciones para turistas, como hoteles o atracciones. También tiene que pedirle a estos negocios que den un servicio eficiente y de buena calidad. Además, debe hacer planes para darles información a los turistas sobre lo que hay para hacer en la ciudad, y poner módulos de atención en lugares muy visitados, como el Zócalo o el Aeropuerto. Por último, se coordina con otras instituciones y cámaras empresariales para capacitar al personal de turismo, tanto del gobierno como de empresas privadas. El Artículo 228 le da a la Dirección General del Instituto de Promoción Turística la tarea de promocionar la Ciudad de México para atraer turistas. Esto incluye hacer campañas de publicidad, tanto dentro del país como en el extranjero, y estudiar de dónde vienen los turistas para anunciarles mejor. También se encarga de definir la imagen de la Secretaría de Turismo, organizar eventos que muestren lo que ofrece la ciudad, y mantenerse en contacto con los medios de comunicación para difundir los atractivos turísticos. Finalmente, debe recopilar información del mercado y medir el impacto de la publicidad para mejorar las campañas.
Texto oficial
Artículo 227.- Corresponde a la Dirección General de Servicios al Turismo: Promover y concertar mecanismos de apoyo crediticio y de asistencia técnica a los prestadores de servicios turísticos de la Ciudad de México, así como promover la inversión en infraestructura turística; Exhortar a los prestadores de los servicios turísticos brinden el servicio de manera eficiente, conforme a las condiciones óptimas de calidad; Elaborar los proyectos de programas para otorgar información y apoyo al Turista respecto a la oferta de servicios turísticos de la Ciudad de México; Participar en la Ejecución de los Programas orientados a ofrecer, en el ámbito de la Ciudad de México, información y apoyo al turista; Coordinar los servicios de orientación al turismo y módulos de atención al turista ubicados en los principales puntos de aforo o concentración de turistas en la Ciudad de México; e Instrumentar en coordinación con instituciones, asociaciones y cámaras correspondientes, los mecanismos necesarios para el desarrollo de la cultura turística, la formación y actualización profesional del personal que preste servicios de turismo en la Ciudad de México, tanto del sector privado, como de los sectores social y público; Artículo228.- Corresponde a la Dirección General del Instituto de Promoción Turística: Colaborar en la integración de objetivos, métodos y estrategias de promoción turística; Formular el Programa de Promoción Turística de la Ciudad de México; Proponer y elaborar campañas turísticas de publicidad, promoción operativa y relaciones públicas, tanto en lo nacional como lo internacional; Conocer los mercados emisores de turismo nacional y extranjero, con el fin de promover asertivamente campañas de publicidad, promoción y relaciones públicas; Proponer y acordar el Programa de Promoción Turística de la Ciudad de México con la persona Titular de la Secretaría de Turismo; Definir la imagen de la Secretaría de Turismo; Promocionar y difundir las actividades, servicios y atractivos turísticos de la Ciudad de México, al interior de la República Mexicana y en el extranjero; Promover la realización de eventos que contribuyan a la difusión de la oferta turística de la Ciudad de México; Promover la concertación y coordinación de acciones de promoción turística de la Ciudad de México, con los sectores público, social y privado; Establecer y coordinar el Sistema de Comunicación permanente con los medios nacionales para promover los atractivos turísticos de la Ciudad de México; Recabar y difundir la información pertinente que sobre la actividad turística de la Ciudad de México se emita a través de los medios de comunicación; Determinar las necesidades de información estadística y de mercado para el establecimiento y desarrollo de los programas de promoción turística; y Promover la medición del impacto y publicidad turística. SECCIÓN XVIII DE LA SECRETARÍA DE TURÍSMO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.