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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
228 Bis

Artículo 228 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo le da una lista de tareas a la Dirección General de Proyectos Especiales. Básicamente, esa oficina se encarga de crear y apoyar proyectos de turismo que beneficien a todos, incluyendo a personas con discapacidad y a zonas de la ciudad que no son muy conocidas. También debe ayudar a que más jóvenes participen en el turismo y a que la Ciudad de México sea un destino más atractivo para personas que buscan atención médica. Por último, tiene que proponer cómo financiar estos proyectos, darles seguimiento hasta que terminen y firmar acuerdos con empresas o personas para que todo funcione.

Texto oficial

Artículo 228 Bis.- Corresponde a la Dirección General de Proyectos Especiales: Promover programas para la creación y fortalecimiento de servicios turísticos incluyentes; Promover el desarrollo de proyectos turísticos especiales que incentiven su desarrollo a gran escala en la Ciudad de México; Coadyuvar con las autoridades competentes y el sector privado para otorgar reconocimientos a prestadores de servicios de salud para fomentar el Turismo de Salud; En colaboración con las autoridades competentes, diseñar programas especiales orientados a la identificación y desarrollo de destinos turísticos emergentes y sostenibles de áreas con potencial turístico no explorado en la Ciudad de México; Proponer iniciativas públicas que potencialicen las áreas geográficas de la Ciudad de México, que poseen valores culturales, sociales y ambientales para convertirlas en sitios de importancia estratégica para el desarrollo turístico; Proponer programas y proyectos específicos para fomentar la participación activa de la juventud en el sector turístico, promoviendo la creación de grupos de trabajo para el desarrollo y gestión de iniciativas turísticas; Integrar el programa anual de proyectos especiales; Proponer el estudio financiero para determinar el costo beneficio de cada uno de los proyectos especiales programados; Dar seguimiento a la logística, puesta en marcha, conclusión y costo de recuperación de cada proyecto especial; y En el ámbito de su competencia, promover la suscripción de convenios de colaboración o concertación con personas físicas o morales, nacionales o internacionales. Artículo adicionado G.O. CDMX 16/12/24 SECCIÓN XIX DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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