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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública se encarga, junto con la Secretaría de Gobierno, de dar seguimiento a lo que hacen las Alcaldías de la Ciudad de México. Puede proponer nuevas leyes, reglamentos y planes para regular el uso de la vía pública, los negocios y los espectáculos públicos. También revisa y evalúa los programas de trabajo de las Alcaldías y del gobierno central en estos temas, y organiza acciones para ordenar las actividades en la calle, siempre que no le toquen a otra dependencia. Además, recibe y actualiza información de las Alcaldías sobre negocios, videojuegos y eventos públicos, y puede negociar con particulares y organizaciones para resolver intereses de distintos grupos. Por último, se encarga del registro de videojuegos y participa en la planeación de programas de desarrollo para toda la ciudad.

Texto oficial

Artículo 26.- La Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública tendrá las siguientes atribuciones: Acordar con la persona titular de la Secretaría de Gobierno el despacho de los asuntos relacionados con el seguimiento de las funciones desconcentradas de las Alcaldías de la Ciudad de México; Proponer e integrar los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos o disposiciones administrativas; planes y programas de las Alcaldías, así como para la regulación y reordenamiento de las actividades que se realizan en la vía pública, los establecimientos mercantiles y los espectáculos públicos; Proponer, dar seguimiento y evaluar los programas de trabajo y las acciones específicas que realice la Administración Pública Centralizada y las Alcaldías, en materia de establecimientos mercantiles, espectáculos públicos, videojuegos y reordenamiento de las actividades que se realizan en vía pública que no correspondan a otra Dependencia o Unidad Administrativa y participar en el diseño e instrumentación de la planeación en las demarcaciones territoriales; Planear, organizar e implementar acciones tendientes a reordenar las actividades que se realicen en vía pública, así como de los establecimientos mercantiles y espectáculos públicos, que no estén encomendadas a otra Dependencia o Unidad Administrativa; Proponer, coordinar y mantener actualizados los estudios técnicos, proyectos y análisis de la viabilidad de las actividades que se realicen en la vía pública, así como de los establecimientos mercantiles, videojuegos y espectáculos públicos, en los términos de la fracción anterior, con la participación de las demás autoridades competentes; Recibir, concentrar y mantener actualizada la información proporcionada por las Alcaldías, sobre los establecimientos mercantiles, espectáculos públicos, videojuegos y las actividades que se realicen en la vía pública, salvo que competa a otra Dependencia o Unidad Administrativa; Concertar acciones con particulares y representantes de las organizaciones que realicen espectáculos públicos, así como actividades en establecimientos mercantiles y en la vía pública, y en general, con lo relacionado a los programas de las Alcaldías, para conciliar los intereses de diversos sectores; salvo que competa a otra Dependencia o Unidad Administrativa; Operar, integrar y autorizar el registro de videojuegos; Participar en el diseño e instrumentación de la planeación en las Alcaldías; así como participar en la elaboración del Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México, de los Programas de las Alcaldías y de todos aquellos programas que contribuyan al desarrollo integral de la Ciudad de México, como unidad metropolitana, en coordinación con las Unidades Administrativas competentes del Gobierno Local; Se deroga. Se deroga. Se deroga. Promover la organización de foros y eventos que contribuyan al desarrollo integral de las Alcaldías; Apoyar las tareas del Consejo de Población de la Ciudad de México en los términos de las disposiciones aplicables a la materia; Llevar y actualizar permanentemente un registro de las personas que ejerzan actividades en la vía pública y sus organizaciones; así como de los establecimientos mercantiles y espectáculos públicos; Coordinar y proponer la realización de estudios técnicos para determinar la viabilidad del establecimiento de empresas y unidades productivas, como una alternativa para las personas que realizan actividades en la vía pública, con el fin de proponer los planes y programas que resulten a las autoridades competentes; Proporcionar asesoría técnica, jurídica y administrativa a las personas que realicen sus actividades en la vía pública; Instrumentar mecanismos de coordinación entre las Alcaldías y las Unidades Administrativas de la Administración Pública de la Ciudad de México, para mejorar el desempeño de los programas de las Alcaldías; Establecer un sistema permanente de información, coordinación y apoyo para el cumplimiento de las funciones desconcentradas y los programas de las Alcaldías en cada una de las demarcaciones territoriales que integran la Ciudad de México; Impulsar y coadyuvar las acciones emprendidas por las Alcaldías en la recuperación de espacios públicos a favor de la Ciudadanía; Establecer la coordinación y colaboración con las autoridades de los tres niveles de gobierno, con el propósito de dar cumplimiento a las atribuciones conferidas por este Reglamento y otras disposiciones; y Las demás que se deriven de otras disposiciones legales aplicables y las que asigne la Secretaría de Gobierno. Fracción derogada G.O. CDMX 24/12/24 TÍTULO SEGUNDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA Título adicionado G.O. CDMX 30/04/25 CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES GENERALES DE LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBSECRETARÍAS, LA TESORERÍA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PROCURADURÍA FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Capítulo adicionado G.O. CDMX 30/04/25 SECCIÓN I DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO Sección adicionada G.O. CDMX 30/04/25

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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