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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
26 Bis

Artículo 26 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría de Concertación Política, Prevención y Buen Gobierno tiene la tarea de diseñar, proponer y llevar a cabo las políticas para que las Alcaldías trabajen en prevención y atención social. También ayuda a aplicar los mecanismos de participación ciudadana, como juntas vecinales o consultas, cuando la ley los establezca. Lleva un registro de las quejas y peticiones de la gente hacia las Alcaldías y, junto con ellas, checa que se resuelvan. Además, se encarga de prevenir y resolver conflictos entre grupos sociales o políticos, sirviendo como puente entre las autoridades y la ciudadanía. Finalmente, organiza recorridos a las Alcaldías para dar seguimiento a acuerdos y solucionar problemas sociales.

Texto oficial

Artículo 26 Bis. Corresponde a la Subsecretaría de Concertación Política, Prevención y Buen Gobierno: I. Diseñar, proponer y ejecutar las políticas públicas en materia de concertación política, prevención y gestión social para las Alcaldías de la Ciudad de México; II. Coadyuvar, en el ámbito de sus competencias, en la instrumentación de los mecanismos de participación Ciudadana previstos en la ley respectiva; III. Registrar y clasificar las demandas y peticiones Ciudadanas, cuando correspondan al ámbito de las Alcaldías, así como llevar en coordinación con las mismas el seguimiento y evaluación de su atención; IV. Operar y participar en la prevención, gestión y búsqueda de soluciones a conflictos de carácter político y de demandas sociales en la Ciudad de México, en coordinación con las Alcaldías, y sirviendo como enlace entre las Dependencias, Unidades Administrativas y Órganos Desconcentrados competentes, con los grupos involucrados; V. Coordinar la planeación, diseño, promoción, ejecución, seguimiento y control de programas y proyectos que fomenten la prevención y gestión de conflictos sociales, concertación política y la gestión social, basados en una cultura de paz y de corresponsabilidad entre el gobierno y la sociedad; VI. Coordinar la planeación, creación y operación de espacios de interlocución entre organizaciones sociales y sectoriales y, entre éstas y la Administración Pública, a través de la vinculación con las autoridades zonales correspondientes, para la prevención de conflictos sociales o políticos y la búsqueda de soluciones a sus demandas o propuestas; VII. Auxiliar en las relaciones con los órganos de representación vecinal, tanto formales como de la sociedad civil a través de las autoridades zonales correspondientes; VIII. Crear espacios para la prevención, gestión y concertación entre los grupos sociales y sectoriales en conflicto; IX. Realizar los estudios necesarios en coordinación con las instancias competentes, para conocer los planteamientos Ciudadanos y proponer las mejores vías para su solución; X. Coordinar con las distintas autoridades involucradas en la organización y supervisión de las visitas y giras a las demarcaciones territoriales de las personas titulares de la Jefatura de Gobierno y Secretaría de Gobierno, para el logro de una comunicación efectiva entre autoridades y gobernados; XI. Promover la creación de redes de comunicación en la Ciudad de México, en el ámbito nacional e internacional, con el fin de intercambiar experiencias, conocimientos y recursos en la búsqueda de la concertación política, prevención, gestión social de conflictos y atención ciudadana eficaz; XII. Realizar recorridos y visitas periódicas a las Alcaldías con el objetivo de sensibilizar, asesorar, coadyuvar, prevenir o dar seguimiento a acuerdos y su cumplimiento, relacionados con la gestión de conflictos sociales; XIII. Proponer proyectos para la reorganización territorial de la Ciudad de México y la determinación de las funciones y la estructura orgánica, ocupacional y de organización de las Alcaldías; XIV. Coordinar a las Direcciones Generales de Coordinación Política, Prevención y Buen Gobierno en los asuntos que les sean encomendados; y XV. Las demás que se deriven de otras disposiciones legales y las que le asigne la persona titular de la Secretaría de Gobierno. Articulo adicionado G.O. CDMX 30/04/25 SECCIÓN II DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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